Las tasas de cambio publicadas son para fines de referencia.
Los billetes se emiten en virtud de las disposiciones contenidas en los Artículos 228, 229 y 230 de la Constitución de la República Dominicana y del Artículo 25, literales a) y c) de la Ley Monetaria y Financiera 183-02.
Estas tasas están sujetas a revisión en cualquier momento por las condiciones del mercado.