
La Dirección General de Migración (DGM) informó que en los primeros ocho meses del año 2025, la institución emitió un total de 54,165 documentos migratorios, en su mayoría relacionados con la renovación de permisos temporales de trabajo para no residentes, que alcanzan las 30,128 unidades.
Seguidos por 16,451 residencias temporales, 3,941 residencias permanentes, de las cuales 551 son por inversión extranjera, y otros documentos de otras subcategorías migratorias, incluyendo permisos de estudio 1,652 y estancias especiales.
Del total emitido, 30,717 documentos fueron renovados a ciudadanos haitianos, que se acogieron en su momento, al Plan Nacional de Regularización de Extranjeros (PNRE) que desarrolló el Estado dominicano entre junio 2014- junio 2015, de los cuales 24,518 corresponden a permisos de trabajadores temporeros y 3,994 a residencias temporales.
Asimismo, 10,089 ciudadanos venezolanos fueron beneficiados con un estatus migratorio legal en el país, que de igual forma, se acogieron al Proceso de Normalización para los Ciudadanos Venezolanos entre enero 2021 y Octubre 2022. Otras nacionalidades con alto número de documentos emitidos incluyen: China 1,829; Estados Unidos 1,644; Colombia 1,342; Cuba 1,245; España 1,172.
Este desempeño es resultado de un proceso interno de revisión y fortalecimiento de protocolos, rediseño de procedimientos, y capacitación continua del personal. Además, se ha implementado un sistema tecnológico robusto que permite una mejor verificación documental, detección de fraudes, y una atención más ágil y segura para los usuarios, en estricto cumplimiento de la Ley General de Migración 285-04 y su reglamento de aplicación.
En cuanto a las residencias definitivas, hasta agosto se han emitido (518), destinadas a extranjeros con más de diez años de residencia legal continua en el país.
En la categoría de permisos de estudiantes no residentes, se han procesado 1,652 documentos, todos con una vigencia de un año. La DGM recuerda que la residencia permanente se obtiene únicamente tras haber renovado durante cinco años consecutivos la residencia temporal ordinaria. Esta condición puede mantenerse mediante renovaciones cada cuatro años.