La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste desmanteló un laboratorio clandestino que se dedicaba a la falsificación, producción, almacenamiento, distribución y comercialización de cigarrillos y bebidas alcohólicas en el Distrito Municipal Las Guáyiga, del municipio Pedro Brand.
La solicitud de medida de coerción, consistente en prisión preventiva, en contra de los hermanos Juan Carlos y Martín Alejandro Genao Dorrejo, señala que los imputados fabricaban cigarrillos y productos derivados de alcohol sin los permisos y la licencia requerida para este tipo de actividades
El expediente investigativo a cargo de la Unidad de Casos Complejos, instrumentado por los fiscales José Lenin Hernández y Ramón de la Rosa, detalla que los imputados fueron arrestados luego de la realización de una labor de inteligencia coordinada con el Cuerpo Especializado de Control de Combustibles y Comercio de Mercancías (CECCOM) y el Departamento de la Policía Nacional (DICRIM).
Durante el allanamiento ejecutado con la orden judicial núm. 2025-TAUT-00418, se ocuparon un total de cuarenta y un mil ochocientos (41,800) unidades de cigarrillos, Rojos con características de falsificación y trece mil ochocientos veinticuatro (13,824) botellas de alcohol de diferentes marcas y tamaños.
También fueron incautados varios equipos y maquinarias, además de materia prima, etiquetas y cajas que eran utilizadas para la elaboración y embalaje de dichos productos.
Los justiciables figuran como los propietarios de la compañía de tabaco Inert G, SRL., y Destilados y Licor Universal, desde donde operaban de manera irregular en un terreno baldío dentro de una nave industrial.
El Ministerio Público ha sometido a la acción de la justicia a los encartados con la calificación jurídica provisional, por éstos haber violado varios artículos de la Ley General de Aduanas, el artículo 124 de la Ley General de Salud No. 42-01, la Ley No. 11-92, Código Tributario, Ley No. 17-19, para la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados y los artículos 2, 5.5, 5.13, 30.2, 30.7, 31, 34.1, 35, 40.3 y 42, 265 y 266, del Código Penal Dominicano, además de la No. Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, en perjuicio del Estado Dominicano y el Ministerio de Salud Pública.
La audiencia de solicitud de medida de coerción está pautada para el 19 de febrero del año en curso.