La Cámara de Diputados aprobó en primera lectura el proyecto de ley de alquileres. Esta iniciativa, entre otras disposiciones, propone que los propietarios de viviendas puedan embargar los bienes de los inquilinos que se retrasen en el pago de la renta sin necesidad de una orden judicial.
El proyecto, que recibió la aprobación inicial de los diputados, incluye un artículo que permite a los propietarios embargar a los inquilinos morosos para asegurar el pago del alquiler sin requerir la intervención de un juez.
Según el artículo 15 del proyecto:
«El propietario, y sin autorización judicial, puede trabar embargo retentivo o conservatorio para garantizar el pago de las sumas adeudadas por falta del pago del alquiler o por cualquier otra obligación del contrato». Esta cláusula establece que el contrato de alquiler debe contemplar la posibilidad de retener bienes en caso de impago.
Además, el proyecto también otorga a los inquilinos el derecho de embargar a los propietarios que no devuelvan los depósitos entregados o que demoren en reembolsarlos.
Según el Código de Procedimiento Civil de la República Dominicana, los embargos conservatorios son métodos judicialmente autorizados en los que un deudor no puede disponer de sus bienes, y los acreedores conservan los patrimonios como derecho hasta que se resuelva el caso en la justicia. Sin embargo, este proyecto de ley permitiría que tales embargos se realicen sin necesidad de autorización judicial.